Preguntas Frecuentes
Normatividad
Tener un mínimo del 80% de asistencia de las clases efectivas; porcentaje que se definirá con base en el
calendario del ciclo escolar correspondiente. Art. 174
Necesitas tener un mínimo del 80% de asistencia de las clases efectivas: porcentaje que se definirá con base en el calendario del ciclo escolar correspondiente. Art. 175
En el plantel, tener un mínimo de asistencia del 80% de clases impartidas durante el curso; porcentaje que deberá definirse con base en el calendario del ciclo escolar y haber obtenido un promedio final mínimo de 6.0 en las evaluaciones parciales. Art. 176
Estar inscrito en el plantel, tener un mínimo de asistencia de 70% de las clases impartidas durante el curso, porcentaje que deberá definirse con base en el calendario del ciclo escolar, haber obtenido una calificación menor a 6.0 en la calificación ordinaria o no haberla presentado y pagar los derechos correspondientes, previamente a la evaluación. Art. 177
En cada semestre tendrás derecho a presentar evaluación extraordinaria y a título de suficiencia siempre que hayas aprobado en evaluación ordinaria, al menos cinco asignaturas. Debes aprobar por lo menos dos evaluaciones extraordinarias para poder tener derecho a presentar las restantes evaluaciones a título de suficiencia. Art. 178 y 179
- Estar inscrito en el plantel
- Tener un mínimo de asistencia de 60% a las clases durante el semestre
- Reprobar la evaluación extraordinaria
- Quedarte sin derecho a la misma o no haberla presentado y pagar los
derechos correspondientes conforme el calendario de control escolar. Art. 180
Primero, tus profesores deben informarte la calificación que obtuviste en la primera evaluación parcial (que se realiza aproximadamente a dos meses de iniciado el curso), posteriormente, te informará la calificación que obtuviste en la segunda evaluación parcial, así como la calificación de la evaluación ordinaria (promedio obtenido de la primera y segunda parcial).
Si estás de acuerdo con los resultados, firmas de conformidad en la lista que para tal fin el profesor te presentará. Si no estás de acuerdo, puedes pedirle que te aclare como se calculó dicha calificación y en caso necesario hacer la corrección pertinente, ya que posteriormente el profesor deberá capturar en plataforma la calificación obtenida.
Si no satisface tus dudas puedes recurrir al Art. 168.
Los profesores deberán revisar, conjuntamente con los alumnos, las evaluaciones realizadas durante el curso, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de su aplicación, de acuerdo al calendario escolar, antes de que se publiquen las calificaciones correspondientes.
El profesor que no asista en la hora y día acordado, al desahogo de la revisión de las evaluaciones, incurrirá en faltas a la responsabilidad universitaria en términos del Estatuto Universitario y en su caso será sancionado conforme a lo dicho a las disposiciones universitarias
En caso de inconformidad, el alumno tiene derecho a solicitar una segunda revisión, en los siguientes términos:
- Presentará su solicitud de revisión por escrito, ante el director del Plantel, en un plazo que no exceda
de tres días hábiles siguientes a la publicación de la calificación.
Para tal efecto debe hacer lo siguiente:
Alumno
Iniciar el trámite desde su respectivo portal.
I. Genera la solicitud y adjuntar las evidencias que justifiquen la corrección:
- Originales de los exámenes.
- Portafolio de evidencias
- Proyecto integrador individual y avance (o concluido) del colaborativo.
- Entregar de inmediato al director del Plantel, ya que se validará la fecha de emisión.
II. El director del Plantel designará una Comisión Revisora, integrada por dos profesores de la asignatura respectiva, quienes, en un término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al que sean designados, efectuarán la revisión y emitirán un dictamen firmado, con los elementos suficientes que justifiquen y validen su criterio. Cuando se trate de revisión de evaluaciones extraordinaria o a título de suficiencia, la Comisión Revisora nombrada deberá realizar la revisión y rendir su dictamen al día hábil siguiente de su designación.
III. El dictamen de resolución de la Comisión Revisora será inapelable.
Sólo se podrá solicitar un máximo de cinco revisiones durante los estudios de bachillerato de la Escuela Preparatoria. Las resoluciones favorables al alumno no contarán para dichos efectos.
Las calificaciones de cada evaluación serán asentadas en el acta correspondiente. en caso de que exista error en la anotación de alguna, se procederá de la siguiente manera:
I. El profesor deberá comunicar por escrito al director del Plantel, la existencia debidamente justificada del error, dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de dicha calificación.
II Si el error es de tipo administrativo, el Departamento de Control Escolar procederá inmediatamente
la rectificación.
III. Los casos de error o fuerza mayor que impliquen la modificación del SD o NP, serán del conocimiento de la Secretaría de Docencia, para que en coordinación con las instancias correspondiente, se determine su procedencia e inmediata resolución. Art. 169
Lo importante es que estés al pendiente de la publicación de tus calificaciones, ya que a partir de ello podrás verificar que sean las mismas que firmaste de enterado y conformidad. En caso contrario, recuerda que únicamente tienes tres días hábiles para cualquier corrección.
Sólo podrás cursar hasta dos veces cada una de las asignaturas del plan de estudios de Educación Media Superior de la Escuela Preparatoria de la UAEMéx. Se dará de baja del plantel, al alumno que no apruebe o acredite una asignatura a concluir las evaluaciones de la segunda oportunidad en la misma, perdiendo su condición de alumno de la Universidad. Art. 143
Para poder reinscribirte al tercer semestre, no podrás tener pendientes de aprobación más de cuatro asignaturas, con calificación asentada en escala numérica correspondiendo dos asignaturas del primer semestre y dos del segundo semestre, incluyendo las que no hayas podido cursar por motivos de seriación. Art. 136
Si al concluir un semestre tienes pendientes de aprobación asignaturas, con calificación anotada en escala numérica, de semestres precedentes, podrás reinscribirte para cursarlas con alumnos de grado inferior.
Art. 137
Al acumular 19 evaluaciones reprobadas, al término del quinto semestre, sean ordinarias, extraordinarias o a título de suficiencia, causarás BAJA DEFINITIVA de la UAEMéx. Art. 144
Cuando hayas aprobado todas las asignaturas correspondientes a semestres precedentes. Art. 134
Cuando adeudes una o más de las asignaturas de semestres anteriores. Art. 134
Te harás merecedor de una beca habiendo cumplido con los requisitos y condiciones que se determinan en el reglamento de becas, convocatorias, instructivos y demás disposiciones aplicables de la legislación universitaria. Art. 3 Reglamento de Becas
Si, Incumplieras las responsabilidades y obligaciones establecidas en la Legislación Universitaria
- Incumplir las responsabilidades y obligaciones establecidas en la Legislación Universitaria.
- Dañar física, moral o patrimonialmente a cualquier integrante de la comunidad universitaria.
- Dañar el patrimonio universitario.
- Suplantar, ser suplantado o realizar actos fraudulentos en las evaluaciones académicas.
- Falsificar o utilizar documentos apócrifos para cualquier fin, en su relación con la universidad.
- Consumir bebidas alcohólicas, narcóticos, drogas enervantes o estupefacientes en las instalaciones de la Universidad, o acudir a ellas bajo sus efectos.
- Portar armas de cualquier tipo en las instalaciones de la universidad. Se exceptúan aquellas que resulten inherentes a las labores, actividades o prácticas académicas.
- Realizar actos que suspendan las labores académicas, sin causa justificada.
- Inducir a terceras personas para dañar, de cualquier forma, a la universidad o a sus integrantes.
- Las demás que establezca la legislación universitaria.
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LEGISLACIÓN Y AHÍ ENCONTRARÁS TODO LO QUE DESEAS CONOCER SOBRE EL REGLAMENTO DE LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR (ESCUELA PREPARATORIA) QUE RIGEN A NUESTRA INSTITUCIÓN Ó ACUDIR PARA RECIBIR MÁS INFORMACIÓN A LAS SIGUIENTES ÁREAS DEL PLANTEL DEPARTAMENTO DE CONTROL ESCOLAR, ORIENTACIÓN EDUCATIVA, TUTORÍA O SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA.
